Fuente: europapress.es
Fecha: 25/11/2011
La secretaria de la Mujer de UGT Andalucía,  Ana Pérez Luna, ha detallado este viernes que el sindicato ha recibido  un 400 llamadas de mujeres víctimas de acoso laboral, lo que supone un  33 por ciento más, aunque "tan sólo el diez por ciento" se traducen en  denuncias. 
   En una nota, UGT-A señala que las mujeres al final no denuncian  porque tienen miedo a perder su puesto de trabajo, y es que el perfil de  la mujer víctima de acoso sexual en el trabajo es mujer, joven, con  poca experiencia laboral y en la mayoría de los casos extranjera.  Asimismo, en casi todos los casos el acosador suele ser uno de sus  jefes, un hombre que ejerce poder sobre la trabajadora.
   Pérez Luna ha criticado el "perfil machista del empresariado  andaluz y el escaso compromiso por parte de la patronal a la hora de  implantar protocolos para acabar con el acoso laboral por razón de  sexo".
   "Exigimos a las instituciones públicas una mayor implicación en la  lucha de esta lacra", ha dicho la secretaria de la Mujer del sindicato.  "Complementar las medidas de choque y protección a las mujeres con una  formación en los colegios basada en la igualdad de oportunidades y la  sensibilización contra la violencia de género".
   Pérez Luna ha destacado el caso de cuatro mujeres andaluzas,  acosadas por uno de sus jefes, y que decidieron denunciarle. Hoy, tras  ganar el juicio, tres de esas mujeres siguen en su mismo puesto de  trabajo, la cuarta ya no está por decisión propia y el acosador ha  abandonado el centro.
   La Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía trabaja por la  erradicación de la violencia de género centrándose principalmente en  implantar de manera directa la igualdad en los centros de trabajo, a  través de sus principales herramientas, la negociación colectiva y la  denuncia, según el informe realizado por UGT-A.
   Se elaboran para ello Guías de Buenas Prácticas, se implantan  Medidas de Acción Positiva y se acuerdan Protocolos de Prevención y  Actuación con el objeto de eliminar la violencia de género en todas sus  formas, y principalmente de las que son protagonistas en el ámbito  laboral, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo que sufren las  mujeres.
   Asimismo UGT fomenta la creación de comisiones permanentes de  igualdad en las empresas y en los sectores, para velar porque los  derechos fundamentales de las mujeres no sean vulnerados en el terreno  laboral; asegurando la atención y protección de las mujeres que puedan  sufrir cualquier tipo de violencia.
   De igual manera, el sindicato ha advertido de la paralización de  la negociación colectiva actual, que por supuesto ha repercutido "muy  gravemente" en la negociación de los planes de igualdad, herramienta  fundamental para implementar medidas de igualdad en las empresas que  contribuyan a eliminar las desigualdades creando entornos libres de  violencia sexual y discriminaciones.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
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El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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