Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

lunes, 21 de noviembre de 2011

Condenas a multa y prisión por un accidente laboral

Fuente: lavozdegalicia.es
Fecha: 19/11/2011

Un trabajador había resultado quemado al caerle ácidos en un pie mientras hacía tareas de limpieza en una fábrica


Un juzgado de lo Penal de Ferrol condenó ayer a penas de prisión y multa a cuatro personas por un accidente laboral ocurrido en la empresa Einsa de As Pontes, el 9 de febrero del 2004. El asunto se resolvió con una sentencia de conformidad, por lo que ya no se entró en juicio. El tribunal reconoció la atenuante de dilaciones indebidas porque las diligencias permanecieron paradas cerca de dos años.
El accidente ocurrió cuando el trabajador Pedro Crespo Prado rellenaba de agua y desengrasante alcalino la máquina limpiadora. Trasvasaba de una garrafa de 25 litros a botellas plásticas de 5 litros. Una carretilla conducida por un compañero de trabajo pasó sobre la manguera que utilizaba Pedro, si bien al reanudarse el flujo salió con más presión produciendo una sacudida, que dio un golpe a la garrafa de detergente, un líquido corrosivo (ácido y sosa cáustica) que cayó sobre el pie izquierdo del empleado causándole graves quemaduras que tardaron en curar 478 días y le provocaron importantes secuelas, como limitación total de movilidad en el pie.
La jueza impone multas y prisión de nueve meses a Antonio José G.?F., Ángel R.?M., Jacobo B.?R. y Alfonso E.?T. por delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones por imprudencia. La indemnización ha sido fijada en 200.000 euros. De ellos, 150.000 a cargo del seguro y el resto a abonar por la compañía. La sentencia es firme por su carácter de conformidad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario