Fuente: europapress.es
Fecha: 14/11/2011
Los tres acusados de la muerte de un  trabajador en accidente laboral en 2007 en La Cistérniga (Valladolid),  los dos socios y coadministradores de Orcasa S.L. y el aparejador y  coordinador de seguridad de la obra, han coincidido al derivar hacia los  escayolistas la posible culpa del siniestro, ya que, como así han  barajado hoy en el juicio, fueron quienes debieron retirar uno de los  dos puntales de sujeción del montacargas que cayó por el hueco del  ascensor desde la tercera planta y que provocó la caída mortal del  operario.     
   Al menos, esa es la hipótesis que han manejado Miguel C.N. y  Jacinto O.P, ambos socios de la constructora Orcasa, y el aparejador y  responsable de seguridad del edificio levantado en el número 3 de la  calle Nueva de La Cistérniga, Salvador M, quienes han compartido hoy  banquillo en el Juzgado de lo Penal 4 y se encuentran expuestos a penas  de entre cuatro y cinco años por un delito de homicidio imprudente y  otro contra los derechos de los trabajadores, además de al pago, de  forma conjunta y solidaria, de indemnizaciones entre los 155.000 y los  292.000 euros y a su inhabilitación profesional por espacio de entre  tres y cuatro años y medio. 
   En el caso de los dos socios, en declaraciones recogidas por  Europa Press, ambos han explicado que todo lo relativo al área de  seguridad lo llevaba su compañero de banquillo, el aparejador Salvador  M, que fue quien redactó el Plan de Seguridad, y han mantenido que todos  los huecos de la escalera estaban protegidos por pies de andamio  colocados a modo de barandilla, a excepción del existente en la tercera  planta por donde se precipitó el operario, donde por falta de espacio se  había instalado un tablero de madera en forma de aspa, sistema que,  según han precisado, evitaba también cualquier caída.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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