Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 29 de noviembre de 2011

La fiscal baja a 8 años la petición de cárcel para 4 personas por un accidente laboral

Fuente: lne.es
Fecha: 29/11/2011


Los hechos, en los que resultó herido grave un trabajador, se produjeron al derrumbarse un edificio que se estaba demoliendo en Oviedo en 2007 

La fiscal delegada de Siniestralidad Laboral en Asturias, Esperanza González Avella, rebajó ayer en un año -de tres a dos- su petición inicial de cárcel para cada una de las cuatro personas que consideran responsables del derrumbe, en mayo del año 2007, de la obra del edificio del número 89 de Fuertes Acevedo, atrapando a un trabajador entre los escombros y causándole lesiones graves.

González Avella mantuvo durante el juicio celebrado ayer su petición de dos años de prisión para cada uno de los acusados por un delito de lesiones imprudentes, pero en las conclusiones decidió retirar los cargos por el delito contra el derecho de los trabajadores, que suponía una petición de un año más para los implicados: el gerente de la empresa de derribos, el arquitecto autor del proyecto, el presunto encargado de la obra y el administrador de la constructora que subcontrató a la empresa de demolición.

El trabajador herido -el langreano G. I. G. F., de 50 años de edad- se encontraba trabajando el día de los hechos en el derribo del inmueble cuando la fachada se vino abajo. Los cascotes, alguno de ellos de 300 kilos, cayeron sobre el andamio en el que se encontraba G. I. G. F., que estaba a unos tres metros sobre el suelo. El operario quedó atrapado entre toneladas de escombros, pero pudo salvar la vida tras un dramático rescate. Como consecuencia del accidente, el trabajador se sometió a un largo proceso quirúrgico y de recuperación para tratar de salvar uno de sus brazos. Estuvo ingresado treinta días en el hospital y permaneció de baja más de un año y medio (561 días). «No me acuerdo de nada, sólo que estuve mucho tiempo atrapado», explicó el herido durante la vista de ayer.

Las pruebas periciales ponen de manifiesto que el derrumbe se produjo «al cortar los nervios del forjado que sustentaba un voladizo de unos 2,5 metros», señaló uno de los técnicos durante su declaración, pero la clave está en cuándo se produjo esa actuación y bajo qué órdenes, algo que no quedó claro durante el juicio. «Ante las versiones contradictorias se trata de una cuestión de credibilidad. Si el constructor y el arquitecto vieron la negligencia el día anterior son culpables y si se hizo el mismo día por orden del gerente de la empresa de derribos entonces el culpable es él», señaló la fiscal. Los abogados acusaron a Avella de excederse en la petición de cárcel, de acusar sin pruebas y de «criminalizar a los empresarios».

 

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