Fuente: abc.es
Fecha: 30/09/2011
La Comunidad aragonesa ha registrado diecinueve siniestros mortales en lo que va de año, cuatro más que en el mismo periodo de 2010, según los registros oficiales del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud laboral.Fuentes de UGT informan en una nota de prensa de que la temporalidad, la precaria situación de los trabajadores y la falta de inspecciones figuran como las principales causas de estas muertes.
En los ocho primeros meses de este año Aragón ha contabilizado 9.464 accidentes laborales con baja, de los que 19 fueron mortales.
Son, según el sindicato, unas cifras que reflejan la gravedad de la situación, ya que se ha detectado un aumento de los accidentes mortales oficiales, aunque las víctimas registradas en "in itinere" (traslados al trabajo), se mantienen en las mismas cifras que el año anterior, con cuatro víctimas.
Por sectores, servicios y agricultura son los que concentran mayor número de fallecidos, ambos con siete muertos, cerca del 39 %; seguidos de construcción (4), e industria (1).
La elevada cifra en servicios y agricultura se ha producido en trabajadores estacionales, que encuentran empleo en actividades productivas de temporada o que tienen que intensificar su actividad en determinadas épocas del año, y que sufren peores condiciones en seguridad y salud laboral.
Por provincias, Teruel, debido a una circunstancia excepcional como fue el accidente de helicóptero de una brigada de lucha contra incendios, cuenta con el mayor número de víctimas mortales de la Comunidad, ocho en total, que representan el 44,4%.
Respecto al Índice de incidencia, en el global de enero-agosto 2011 de Aragón han sido 22 trabajadores de cada 1.000 los que han tenido un accidente con baja en jornada de trabajo, cifra que ha descendido respecto al mismo periodo de 2010 que fueron 25 trabajadores.
UGT Aragón alerta de esta preocupante situación y exige a las autoridades que no reduzcan ni las inversiones ni los recursos en prevención de riesgos laborales.
Además, subrayan de que en época de crisis, los trabajadores están sometidos a más presión y disminuye el número de denuncias sobre accidentes laborales dificultando su control.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario