Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-junta-comunica-fiscalia-5683-partes-accidentes-laborales-ultimos-ocho-anos-20121018115708.html
Fecha: 18/10/2012
La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia
 y Empleo ha presentado a la Fiscalía General del Estado un total de 
5.683 partes de accidentes muy graves o mortales desde 2005 en el marco 
del convenio que mantiene la Junta de Andalucía desde 2004 con el 
Ministerio Fiscal para la lucha contra la siniestralidad laboral. 
   Dicho acuerdo, el primero de este tipo firmado en todo el 
territorio nacional, ha tenido como consecuencia la apertura, 
anualmente, de más de 200 diligencias de investigación que finalizan en 
denuncia o querella por parte del Ministerio Fiscal, la mayoría de ellas
 correspondientes a asuntos comunicados por la autoridad laboral, según 
un comunicado de la Junta de Andalucía.
   El convenio es un instrumento de colaboración en la lucha contra 
la siniestralidad laboral, por el que la Junta mantiene el compromiso de
 comunicar con carácter urgente a los ocho fiscales especializados en 
siniestralidad laboral las situaciones de emergencia en relación con la 
seguridad y la salud de los trabajadores, así como los accidentes muy 
graves o mortales, en el momento en que se tenga conocimiento de los 
mismos, sin necesidad de que exista una denuncia previa. Asimismo, las 
delegaciones de Empleo abren un expediente por cada accidente de trabajo
 que se registre, así como por cada paralización dictada por la 
Inspección. 
   Por su parte, la Fiscalía Especializada en Siniestralidad Laboral 
da cuenta de la apertura de diligencias a medida que se produzcan las 
actuaciones. Para una adecuada comunicación, se ha provisto a los 
fiscales de recursos telemáticos suficientes. Asimismo, el convenio 
contempla la formación de los fiscales especialistas.
   El último balance, correspondiente a los últimos ocho años (desde 
2005 a 30 de junio de 2012), desvela que la administración andaluza 
comunicó 784 partes de accidentes mortales, 421 de accidentes graves y 
4.478 por otras situaciones de riesgo, así como otros 628 partes de 
paralizaciones de la actividad laboral por riesgo inminente.
   Desde la puesta en marcha de este convenio, la autoridad laboral 
ha comunicado a la Fiscalía un total de 662 accidentes en el año 2005; 
885 en 2006; 588 en 2007; 1050 durante el año 2008; 733 en 2009; 781 en 
2010; 609 en 2011 y 375 en los primeros meses de este año. De ellos, el 
número de comunicaciones que correspondían a accidentes mortales ha ido 
disminuyendo progresivamente, de 163 comunicados el primer año de 
vigencia del convenio (2005) a 49, en el año 2011.
   El actual convenio entre la Junta de Andalucía y la Fiscalía 
Superior de Andalucía, en el marco de competencias del Estatuto de 
Autonomía, se suscribió en enero de 2011, dando continuidad a la 
colaboración iniciada en 2005 a través del primer convenio suscrito 
en  julio de 2004 con la Fiscalía Superior del Estado.
   El convenio incluye, además del protocolo de comunicaciones, la 
asistencia técnica de la administración de la Junta de Andalucía en 
materia de formación de la fiscalía especializada de siniestralidad 
laboral y el asesoramiento de ésta en calidad de información específica y
 peritaje judicial.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
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El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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