Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

jueves, 18 de abril de 2013

El TSJA insta a readmitir a la ex abogada que, según el juez, sufrió «acoso laboral»

Fuente: http://www.lne.es/aviles/2012/10/28/tsja-insta-readmitir-ex-abogada-juez-sufrio-acoso-laboral/1318308.html
Fecha: 28/10/2012

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha declarado nulo el despido de la que fue asesora jurídica municipal hasta el pasado mes de abril, y condena al Ayuntamiento de Corvera a que la readmita. El juez también estima que la trabajadora sufrió acoso laboral. Según se extrae de la sentencia de la sala de lo Social del TSJA, fechada el pasado 11 de octubre, el despido de la ex asesora fue el colofón a una serie de actuaciones vinculadas con el acoso laboral y «mobbing» que, supuestamente, estaba sufriendo la trabajadora municipal.

Según especifica el magistrado, el despido se produce por una amortización de un puesto de trabajo, no por necesidades económicas, sino por su transformación en una plaza de funcionario técnico de administración general.

La USPC, tras conocer la sentencia, achaca esa «cadena de acciones hostiles, deshonrosas y vejatorias para la trabajadora» al gobierno municipal, «encabezado por el PSOE, con el apoyo ciego de IU y dirigido por el "socialista" José Luis Vega, contando como siempre con el inestimable asesoramiento del secretario, Ramón Menéndez Chaves». «Hicieron caso omiso a las advertencias realizadas por la USPC, que denunció la ilegalidad que se estaba cometiendo en su momento», afirmaron los independientes en un comunicado. La USPC aseguró que aún quedan pendientes «varios recursos en los tribunales contra el acuerdo del 15 de marzo mediante el que se aprobó el presupuesto municipal en el que se modificaba la plantilla, generando a su vez la plaza de funcionario de técnico de administración general que se cita en la sentencia y resulta ilegal a la luz de las leyes en vigor».

Los independientes corveranos explicaron además que la asesora jurídica despedida el pasado mes de abril «está en su casa cobrando el salario íntegro desde el momento en que se hizo pública la sentencia de primera instancia y, ahora, a partir de la segunda decisión judicial, el Ayuntamiento tendrá que abonar los sueldos dejados de percibir desde el momento en que fue despedida; y además tendrán que readmitirla en su puesto de trabajo».

«Todas estas acciones han sido ocultadas por el gobierno formado por PSOE e IU», añadieron los independientes. El Ayuntamiento de Corvera aún puede presentar un recurso de casación contra esta sentencia ante el Tribunal Supremo.

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