Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

jueves, 2 de febrero de 2012

La hija del vicerrector Colomer ratifica la denuncia por acoso en un máster de la UJI

Fuente: levante-emv.com
Fecha: 01/02/2012

La comisión pide alegatos a las partes y la universidad busca una vía paralela de mediación


La hija del ya ex vicerrector de Prospectiva de la Universitat Jaume I, Juan Luis Gómez Colomer, ha ratificado la denuncia por supuesto acoso del profesor de un máster y ha dado vía libre al inicio de la investigación por parte de la comisión del Protocolo Interno de Actuación en Supuestos de Acoso laboral, Acoso Sexual y Acoso por Motivo de Sexo, según confirmaron ayer fuentes de la Universitat Jaume I.
El caso se encuentra ahora en fase de alegaciones de las partes, que a mediados de la semana próxima tendrán que haber presentado sus escritos o declaraciones y, en caso de que lo estimen oportuno, las correspondientes pruebas documentales y peticiones de testigos.
A partir de este momento, la comisión también podrá solicitar de oficio las pruebas testificales, periciales o documentales que considere necesarias para la resolución del caso.
De forma paralela, la universidad ha habilitado mecanismos de mediación para que, a través de una persona de reconocido prestigio designada ad hoc, se pueda ofrecer a las dos partes una solución dialogada. De lo contrario, el veredicto de la comisión se emitirá en un plazo de 45 días que vence en plenas fiestas de la Magdalena (segunda semana de marzo).
Los hipotéticos desenlaces son varios. En primer lugar, puede darse el caso de que la comisión considere que no hubo acoso y que se archive la causa. Si se dictaminara que fue denuncia falsa con mala fe, entonces se podría abrir expediente disciplinario contra la denunciante. En segundo lugar, si la comisión concluye que sí hubo acoso sexista, pedirá la apertura de un expediente disciplinario por falta muy grave que puede conllevar incluso la expulsión del profesor de la universidad y del cuerpo de funcionarios.
En tercer lugar, y en un punto intermedio, existe la posibilidad de que se vislumbre únicamente una "conducta inapropiada", que en este caso se intentaría solventar con un proceso de mediación que llevara a la solución amistosa entre las partes. Esta salida dialogada también podría darse antes del veredicto de la comisión, aunque a instancia de alguna de las partes. A este respecto, el vicerrector Gómez Colomer se muestra abierto a llegar a un arreglo "que dañe lo menos posible" a la universidad. "Lo que pedimos es que este señor pida perdón a mi hija, se reconozca culpable y la indemnice únicamente por el sueldo que pierde debido a un despido improcedente y lo que le cuesta el psicólogo; nada más".

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