Fuente: elfarodigital.es
Fecha: 08/12/2011
La AUGC reclama que se aplique también a los agentes de la Benemérita. 
“El director general de la Guardia Civil se resiste a aplicar la  normativa sobre acoso laboral a los agentes del Cuerpo, la cual sí  afectará al resto de funcionarios de la Administración pública”
Esta  es a la conclusión que llegaron ayer los miembros de la Asociación  Unificada de la Guardia Civil  (AUGC) después de conocer y analizar el  último “regalo” de Francisco Velázquez, director general de la Policía y  la Guardia Civil en funciones, quien ha firmado la resolución de  aplicación del protocolo de acoso laboral vigente en la Administración  General del Estado en el ámbito de la Guardia Civil. 
Según subrayó  la asociación, el protocolo señala que sólo se aplicará al medio millar  de funcionarios civiles que trabajan en las dependencias oficiales del  Cuerpo. 
Por el contrario, el director general en funciones  “considera que los 80.000 hombres y mujeres que conforman la Guardia  Civil no pueden padecer acoso laboral”.
“El director, a pesar de  presidir este Instituto durante los últimos tres años, olvida que este  Cuerpo es el que presenta la mayor tasa de suicidios y de bajas  psicológicas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”,  afirmaron desde la asociación.
Pero a la AUGC “ya nada le sorprende”.  Velázquez, con la firma de este protocolo, “es fiel a la que ha sido su  trayectoria al frente del mayor cuerpo policial de España, volviendo a  regular una disposición claramente restrictiva y discriminatoria para  sus integrantes, desoyendo los propios fundamentos de la sentencia del  Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea de 12 de enero de 2006, la  cual dice que no se puede discriminar en el ámbito de la Prevención de  Riesgos Laborales a unos trabajadores por pertenecer a los cuerpos de  policía”. 
Además, afirmaron que ha tomado su decisión sin escuchar a  las asociaciones profesionales representativas y al Consejo de la  Guardia Civil. 
“Ha cedido nuevamente a las presiones de la cúpula  del Cuerpo, los mandos, que quieren tener la potestad de investigar si  existe acoso laboral. Se están aprovechando del vacío de poder  gubernamental existente tras el resultado de las pasadas elecciones  generales.
Así pues, la AUGC afirmó que mantiene como prioridad velar  por la defensa de los derechos de los guardias civiles. Por eso, una  vez más, “va a tener que refrescar la memoria al máximo responsable de  la Institución”. 
“Hace sólo unas semanas, en Sueca (Valencia), un  agente fue supuestamente agredido por su superior, el capitán de la  Sexta Compañía, y ha sido un juez civil, en concreto el responsable del  Juzgado de Instrucción número 4 de Sueca, el que una vez más, ha  corregido los graves errores de la Guardia Civil dictando orden de  alejamiento al capitán de su subordinado, concluyeron desde la AUGC.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
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El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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