Fecha: 11/12/2011
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha rebajado de 130.000 a 91.000 euros la cuantía a abonar en concepto de responsabilidad civil por la muerte de un trabajador que falleció en accidente laboral tras precipitarse desde una altura de nueve metros y golpearse contra el suelo.
La sentencia de la  Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Efe, estima parcialmente  el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el  Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén, que condenó a los dos  representantes legales de una empresa constructora a dos años de prisión  por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con  un delito de homicidio imprudente.
Además, el  Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén condenó a los dos acusados, de  forma conjunta y solidaria, y a una compañía de seguros, como  responsable civil directa, y a la empresa constructora, como responsable  civil subsidiaria, a abonar a la viuda y a una hija del fallecido  130.000 euros.
La sentencia de la Audiencia, que  establece además que la responsabilidad civil de la aseguradora estará  limitada cuantitativamente a la cantidad de 60.000 euros, tiene en  cuenta en sus fundamentos de derecho que hubo una actuación culposa  concurrente de la propia víctima al subirse a un andamio en estado de  embriaguez, lo que se tiene en cuenta a la hora de reducir la cuantía de  la responsabilidad civil.
 
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