Fuente: diariodeleon.es
Fecha: 10/12/2011
El profesor causante del acoso laboral a una profesora de la Escuela  de Arte de León, que ha supuesto una condena de 14.500 euros a la  Consejería de Educación de la Junta por no haber atajado su actitud con  «medidas eficaces», continúa en el puesto como docente y como jefe del  departamento del Ciclo Formativo de Pintura de Vidrieras.
La Delegación de la Junta en León señaló ayer, tras conocer la  sentencia por Diario de León, que desde la Dirección Provincial de  Educación de León se propondrá a la Dirección General de Recursos  Humanos de la Consejería de Educación «la apertura de un expediente  sancionador por falta muy grave».
Según las mismas fuentes, las sanciones por faltas muy graves pueden  suponer, en el grado más elevado, hasta la expulsión de la función  pública. La propuesta para que se inicie un expediente de sancionador se  hace desde León, pero la decisión final corresponde a Valladolid y el  proceso tardará en sustanciarse, como poco, varias semanas.
Respecto a la responsabilidad patrimonial, la Delegación de la Junta  señaló que se pagarán los 14.500 estipulados en la sentencia, puesto que  se trata de un pronunciamiento judicial firme pero arbitrará los medios  para intentar «repetir esa cantidad al funcionario causante».
La Sala Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León  condenó a la Consejería de Educación a pagar 14.500 euros a Marta  Balmaseda por los daños morales, físicos y psíquicos. Las faltas muy  graves, tal y como están tipificadas en la Ley de la Función Pública de  Castilla y León no incluyen de manera expresa el acoso laboral como  falta muy grave para un funcionario.
El profesor no ha querido pronunciarse. «No tengo nada que decir  hasta que el abogado analice la situación», señaló ayer a este periódico  Fernando Vicent. El docente ostenta el cargo desde hace más de 20 años y  no ha sido apartado del mismo salvo durante un corto período de tiempo.
Ténicamente, era la única persona que podía ostentar el puesto ya que  era el único funcionario de carrera y no pesaba sobre él amonestación  alguna. Sin embargo, fue recusado y apartado de un tribunal de  oposiciones hace dos años al concurrir como opositora Marta Balmaseda,  la profesora víctima del acoso laboral. Desde hace un año y como  consecuencia de esta oposición, hay otras dos personas en el  departamento con categoría de funcionarias de carrera.
Marta Balmaseda solicitó una indemnización de 74.434,12 euros por los  daños causados pero el Tribunal Superior de Justicia estimó que no  todos los comportamientos descritos en la demanda se corresponden  objetivamente con la figura de mobbing «pues no revelan ningún ánimo de  acoso o de presión laboral o atentatorio frente a la dignidad personal».
También descarta indemnizar a la profesora con «idéntica valoración  de los que la actora tuvo o pudo tener trato descalificador y los días  en que en modo alguno pudo sufrirlos (vgr. vacaciones)». En este  sentido, alega la sentencia que la «situación de hibernación emocional»,  causante del estrés postraumático, «no alcanzó su gravedad sino a  partir del curso 2005/2006» y que sólo precisó asistencia médica a  partir del 2006». La sentencia da por hecho que «en fecha actual ya se  ha producido el cese del sr. Vicent como jefe del departamento».
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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