Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

viernes, 2 de diciembre de 2011

La Fundación Alborda crítica por "incompleto" y "desilusionante" el Documento de Consenso sobre Sensibilidad Química del Ministerio de Sanidad

Fuente: econoticias.com
Fecha: 02/12/2011

La Fundación Alborada considera incompleto y desilusionante el Documento de Consenso sobre Sensibilidad Química Múltiple (SQM) publicado por el Ministerio de Sanidad, un texto, a nuestro juicio, plagado de contradicciones pero que, sin embargo, reconoce implíticamente la enfermedad por primera vez desde una instancia oficial y da directrices a los médicos para que diagnostiquen el mal correctamente y con entera libertad. Desde Alborada -fundación creada para ayudar a personas con enfermedades emergentes como la SQM mediante la Medicina Ambiental en España-, manifestamos nuestra preocupación porque se concluye que no existen tratamientos para la SQM dignos de mencionarse, obviando la experiencia clínica con más de 100.000 pacientes en el Centro de Salud Ambiental del doctor William Rea en Dallas (Estados Unidos), el Breakspear Hospital de Londres, que dirige la doctora Jean Monro, la Academia Europea de Medicina Ambiental de Alemania, dirigida por el doctor Peter Ohnsorge o, en España, la propia Fundación Alborada que dirige la doctora Pilar Muñoz-Calero.


“¿Cómo puede negarse la existencia de unas 100.000 personas que han sido tratadas con éxito (con índices contrastados de recuperación de entre el 80% y ell 90%) por la Medicina Ambiental que practican las citadas personas en las clínicas mencionadas, entre otras muchas?”, se pregunta la doctora Muñoz-Calero. La propia doctora española o el pionero de la Medicina Ambiental, William Rea, han superado esta enfermedad y hoy disfrutan de una vida prácticamente normal gracias a los tratamientos de Medicina Ambiental, como análisis para comprobar qué sustancias afectan a cada paciente, evitación de las sustancias tóxicas que provocan en el enfermo la SQM, dieta ecológica, recuperación de los nutrientes y vitaminas perdidos y microinmunoterapia, entre otros
La medicina ambiental ha resultado una herramienta eficaz en el tratamiento de otras muchas enfermedades relacionadas con el medio ambiente, aparte de la SQM, como Fibromialgia, Fatiga Crónica, Asma, Alergias, Hiperactividad, Alzheimer y muchos tipos de Cáncer.
El texto manifiesta una búsqueda de la evidencia científica y clínica disponible, pero resulta incompleto y sesgado porque no incluye docenas de estudios realizados por especialistas en Medicina Ambiental que no sólo reconocen esta enfermedad emergente sino la existencia de tratamientos eficaces en la mayoría de los casos. Por ello, la Fundación Alborada, al igual que las muchas asociaciones de afectados por esta dolencia en nuestro país, no entendemos frases del Documento como “ (...) No se localizó ningún artículo sobre tratamiento que cumpliera los criterios establecidos (...), la experiencia clínica evidencia la falta de respuesta al tratamiento (...), las intervenciones terapéuticas deben ir encaminadas, puesto que por el momento no existe tratamiento curativo, a la mejora en la sintomatología y en la calidad de vida.(....) o actualmente, la evidencia científica disponible sobre la eficacia de los distintos tratamientos, farmacológicos y no farmacológicos, no es suficiente para aconsejar en este documento medidas terapéuticas concretas".
El propio Consejo de Europa, en su acuerdo nº 11788 de 20 de enero de 2009, reconoce la existencia de tratamientos de Medicina Ambiental y pide a las Administraciones públicas que sufraguen los gastos de los tratamientos. "Una diferencia que hay que tener en cuenta es que no es lo mismo tratamiento que curación, y esto parece confundirse en el texto del Ministerio. Existen tratamientos que pueden conducir a la persona a llevar una vida casi" normal. Lo que no existe es una curación total, ya que el peligro de recaída es evidente. El doctor Rea, que es quien me recuperó a mí, lleva más de 30 años ejerciendo la Medicina Ambiental con éxito. A veces, se escudan en la consabida frase de que “no hay evidencia científica” sobre los tratamientos , olvidándose de que la demostración práctica existente es la que debe llevar a la teoría científica y no al revés", explica la doctora Muñoz-Calero, quien se pregunta: "¿Hay más evidencia científica que los testimonios que van dejando los pacientes tratados?" (véase al respecto http://www.fundacion-alborada.org/testimonios/).
Pensamos que el documento de Sanidad debería ser explícito en el reconocimiento de la enfermedad, concretar las medidas que se han de tomar para beneficiar a las personas enfermas y abrirse a los tratamientos que llevan tiempo demostrando su éxito. Resulta paradójico que mientras los test de diagnóstico no están validados, sí se reconocen útiles en el Documento, lo que no ocurre con los tratamientos: "Los cuestionarios autoadministrados (QEESI, UTHS, IEISI,…), aunque hasta el momento no están validados en nuestro entorno, son de gran utilidad como herramientas de apoyo", se dicen en el texto aprobado por Sanidad.
El “Documento de consenso” del Ministerio no reconoce oficialmente la existencia de la enfermedad porque no hay apartado alguno que así lo manifieste, pero, de un modo ambiguo, "reconoce" que existe un Síndrome de SQM, al tener como objetivo la comisión redactora "contribuir a un mayor conocimiento de la SQM".
Otro apunte positivo es que el informe, al menos, da visibilidad a este problema social y exige a los médicos conocer esta enfermedad, formarse y diagnosticarla correctamente, incluyendo ese diagnóstico en la historia clínica del paciente.

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