Fuente: finanzas.com
Fecha: 02/11/2011
El sindicato CCOO ha anunciado hoy que llevará a los tribunales el  accidente laboral sufrido esta semana por un jardinero municipal de  Mérida, al que se le han amputado varios dedos, ya que es el segundo del  mismo tipo, hecho que achaca a la falta de un técnico de prevención de  riesgos laborales.   
En un comunicado, este sindicato recuerda que el trabajador que ha  sufrido este accidente, igual que en el anterior caso, es una persona  sorda y la maquinaria que utiliza carece de la obligatoria señalización  luminosa que le debe indicar que se encuentra en funcionamiento.
Añade que en el anterior accidente, la Inspección de Trabajo  determinó esta obligación e informó al Ayuntamiento de que era  obligatorio que dicha maquinaria pasase una serie de revisiones e  inspecciones para corregir estos defectos.
CCOO insiste en que según establece la legislación vigente, el  ayuntamiento tiene la obligación de informar a la mayor brevedad sobre  el accidente laboral a los delegados y delegadas de Prevención, para que  puedan actuar como garantes de los derechos de los trabajadores.
Sin embargo, denuncia que en este caso, el Ayuntamiento de Mérida  no ha comunicado a la representación legal de los trabajadores estos  hecho, por lo que iniciará actuaciones judiciales contra los máximos  responsables de esta administración.
Este sindicato inste en que desde el pasado junio,el Ayuntamiento  carece de persona Técnica en Prevención, ya que el nuevo gobierno  municipal, cuando tomó posesión en junio, destinó a esta persona a otras  funciones.
Además, ha señalado que pese a la petición de CCOO para que se  constituya el Comité de Seguridad y Salud, hasta el momento ha sido  imposible como consecuencia de la negativa del equipo de gobierno.
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, Consultoría y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
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Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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