Fuente: granadadigital.com
Fecha: 24/12/2011
Un total de 96 accidentes laborales mortales se han registrado en AndalucÃa durante 2011 (hasta el 20 de diciembre), lo que supone un diez por ciento menos respecto al mismo periodo del pasado año (107), según los datos consultados de UGT en AndalucÃa. En Granada se registraron nueve fallecidos.
En el mes de enero, con datos suministrados de la ConsejerÃa de Empleo a UGT-A, se contabilizaron 13 accidentes laborales con resultado de muerte y todos se produjeron durante la jornada laboral en AlmerÃa (3), Cádiz (1), Córdoba (2), Granada (1), Huelva (1), Jaén (2), Málaga (1) y Sevilla (2). Asimismo, en el mes de febrero se contabilizaron cinco accidentes mortales laborales, –dos de ellos ‘in itinere’– de los que uno se registró en la provincia de Cádiz; Málaga (1 ‘in itinere’) y Sevilla (2 en jornada laboral y 1 ‘en itiniere’).
Por otro lado, durante el mes de marzo se han registrado siete accidentes mortales laborales, que se repartieron entre AlmerÃa (1), Cádiz (1), Córdoba (1 ‘in itinere’), Granada (2), Málaga (1) y Sevilla (1 ‘in itinere’). Asimismo, en el mes de abril se han producido seis accidentes mortales en las provincias de Cádiz (1), Córdoba (1 ‘in itinere’), Huelva (1 ‘in itinere’), Málaga (1) y Sevilla (2).
De igual manera, en el mes de mayo, se han producido ocho accidentes, en AlmerÃa (3), Granada (1), Málaga (3) y Sevilla (1), respectivamente. Por su lado, en el mes de junio se ha producido un accidente laboral repectivamente en la provincia de AlmerÃa, Cádiz, Córdoba, Granada, , Huelva, Málaga y Sevilla.
Asimismo, en el mes de julio se registraron doce accidentes en el tajo –en AlmerÃa (1), Cádiz 3), Córdoba (1), Huelva (1), Jaén (1), Málaga (1) y Sevilla (3)–, mientras que en agosto se han producido tres. Además, se han producido cinco accidentes mortales laborales –Granada (4) y Sevilla (1)– en el mes de agosto.
En el mes de septiembre se han contabilizado ocho accidentes, de los que dos son ‘in itinere’, repartidos en Cádiz (1), Córdoba (4), Jaén (2). Asimismo, en el mes de noviembre se han registrado nueve accidentes en el tajo, de los que tres se registraron en Málaga, dos en Jaén y Cádiz, respectivamente y uno en Córdoba y Granada, respectivamente.
Por su parte, en el mes de diciembre, hasta el dÃa 20 se han producido, según datos de elaboración propia por parte de UGT-A, un total de dos accidentes mortales en el trabajo –uno en AlmerÃa y otro en Jaén–.
Por provincias, Sevilla es la que más accidentes de este tipo ha registrado con 19, seguida de AlmerÃa, con 16. Tras ellas, se sitúan Málaga, con 14; Jaén y Córdoba, con once, respectivamente; Cádiz, con diez; Granada, con nueve, y Huelva, con seis.
El pasado año hasta el 17 de diciembre se registraron un total de 107 accidentes laborales mortales en AndalucÃa, de ellos 30 se produjeron ‘in itinere’ –en el camino de ida o vuelta al trabajo–, según los datos de UGT en AndalucÃa,
Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Noelia Garcia Guirao (Murcia)
Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, ErgonomÃa y PsicosociologÃa Aplicada.
Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Peritajes, ConsultorÃa y Formación
Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com
El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artÃculo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.
El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirÃan conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y especÃficas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.
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