Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 3 de enero de 2012

La salud laboral debe ser lo primero

Fuente: sur.es
Fecha: 03/01/2012

Hay por desgracia numerosos empresarios que se amparan en la crisis para descuidar un asunto que es primordial: la seguridad laboral. El año pasado fallecieron ocho trabajadores en sus puestos y se produjo un incremento del 15 por ciento de los accidentes graves, lo cual es simplemente intolerable. Es cierto que los costes de las empresas se elevan en medidas de prevención, pero esto no debe ser óbice para que se cumpla la ley y para que se apueste de una menera decidida por disminuir este tipo de accidentes. En pleno siglo XXI no puede permitirse que un trabajador pierda la vida o sufra un accidente de gravedad por la desidia o la cicatería de los empresarios.

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