Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 9 de noviembre de 2010

El PP pide un Plan de Prevención de Riesgos Laborales en Policía y Bomberos

Fuente: gentedigital.es (09/11/2010)
El concejal del PP en el Ayuntamiento de León, Fernando Salguero, instó hoy al equipo de gobierno PSOE-UPL la elaboración de un Plan Específico de Prevención de Riesgos Laborales para los servicios municipales de Prevención y Extinción de Incendios y de Policía Local. Para Salguero, resulta “absolutamente necesario” que el personal de Policía Local y el personal del Servicio de Bomberos tengan formación al respecto, se hagan evaluaciones de riesgos, se evalúen los equipos de trabajo y de protección individual en cuanto a su seguridad, se respete taxativamente su mantenimiento, se compruebe regularmente su homologación, se conozcan pormenorizadamente todos los riesgos que presente cada actividad y que todos participen en el seguimiento de la aplicación de prevención de riesgos, con el fin de alcanzar de la forma “más rápida posible” los niveles de seguridad que son necesarios y exigibles.

No hay comentarios:

Publicar un comentario