Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

lunes, 7 de mayo de 2012

La médico que denunció fraude en listas de espera en Granada sufre “acoso laboral” en el hospital

Fuente: granadadigital.com
Fecha: 29/04/2012

Socorro Ricoy sacó a la luz en 2008 un supuesto fraude en las listas quirúrgicas del Hospital Virgen de las Nieves


Socorro Ricoy, la médico que denunció en 2008 un supuesto fraude en las listas quirúrgicas del Hospital Virgen de las Nieves de Granada, asegura que, pese a la sentencia que condenó al Servicio Andaluz de Salud (SAS), sigue sometida a “acoso laboral” y ha sido recolocada en Traumatología desarrollando funciones que no son propias de sus responsabilidades, incluso “tareas administrativas”.
Por ello, según ha dicho la facultativa a Europa Press, el pasado mes de noviembre, un mes después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificara el fallo del Juzgado de lo Contenciosos-Administrativo número 1 de Granada, pidió la “ejecución forzosa de la sentencia”, que obligaba a la Consejería de Salud ha restituirla en su puesto de trabajo, concretamente como responsable del Servicio de Atención al Usuario, en Traumatología, algo que aún no se ha producido.
El SAS, según Ricoy, sí le ha abonado los 120.000 euros que tenía que pagar en concepto de indemnización a la perjudicada, aunque sin añadir los intereses legales, y la ha destinado al mismo hospital en el que trabajaba en 2008 aunque no desempeña el mismo trabajo que desarrollaba entonces, ni las funciones propias de su categoría laboral.
Fue en octubre del pasado año cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA confirmó la sentencia que condenó al SAS a pagar una indemnización de 120.000 euros por el acoso laboral a la médico.
El fallo, ya firme, desestimaba el recurso de apelación interpuesto por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y estimaba la petición de Ricoy para que se le restituyera en su puesto de trabajo, después de que fuera apartada de sus funciones habituales.
Según la resolución, consultada por Europa Press, fue adecuada la valoración que en su día hizo el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Granada, que consideró que, de la prueba practicada en este caso, quedó acreditada “la vulneración del derecho fundamental a la integridad moral”, lo que, “indiscutiblemente” es “violencia y presión psicológica”, que, si se ejerce en el ámbito laboral, es “acoso laboral”.
El Alto Tribunal andaluz veía además demostrado que esa violencia fue “prolongada y sistemática”, como evidenciaban los informes psicológicos y psiquiátricos sobre el estado de la perjudicada, que, tras dos años, fue diagnosticada de “trastorno adaptativo mixto con ansiedad y estado de ánimo depresivo”.
“Se advierte la persistencia y que esa vulneración a la integridad moral se ejerce a través de actuaciones reiteradas que inciden en el ámbito laboral”, señalaban los magistrados de la Sala, para quienes esa situación de acoso “llega a su punto culminante” cuando se produce el traslado de la facultativa al Hospital de San Juan de Dios, donde la mujer aseguró que no se le encomendaron apenas tareas, lo que le hizo sentirse “relegada”, todo por una decisión “unilateral” y “sin justificación” del SAS.
Por ello, indicaban los jueces en la sentencia, se entendía necesario el derecho a que se restituyera a la denunciante a la situación anterior a la constitutiva de acoso laboral, y así lo ordenaba al SAS, a quien condenaba al pago de 120.000 euros a Ricoy como compensación económica.

No hay comentarios:

Publicar un comentario