Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

viernes, 25 de mayo de 2012

El alcalde de Getafe firma un protocolo contra el acoso laboral con los sindicatos del Ayuntamiento

Fuente: sermadridsur.com
Fecha: 08/05/2012

El alcalde de Getafe, Juan Soler, ha firmado un protocolo contra el acoso laboral con los sindicatos del Ayuntamiento UGT, CC.OO y CSIT-UP que incluye la creación de una comisión que investigue los casos que se produzcan entre los trabajadores municipales.


El protocolo pretende desarrollar la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que establece que las organizaciones laborales como las administraciones públicas deben promocionar la mejora de las condiciones de trabajo de los empleados y elevar su nivel de protección en seguridad y salud frente a los riesgos que se deriven de un daño físico o psíquico.
El Gobierno municipal ha considerado necesario elaborar este protocolo para establecer los procedimientos que se deben seguir a fin de prevenir o evitar conductas que puedan derivar en una situación de acoso, así como actuar y sancionar en el caso de que se registren.
Este pacto también contempla la creación, una vez agotada la fase de mediación, de una comisión o equipo de trabajo que se encargue de la investigación en caso de que exista una queja o reclamación de conflicto laboral.
Entre los objetivos del protocolo también se establece un procedimiento de actuación para resolver las reclamaciones con eficacia, y a la mayor brevedad, con el propósito de evitar conflictos y minimizar los daños.
Con este acuerdo, se pretende focalizar la actuación municipal en la prevención del acoso y erradicar este comportamiento en el ámbito laboral, así como fomentar la cooperación, la colaboración y un buen clima en el trabajo a través de campañas deformación, información y sensibilización.
Con el objetivo de garantizar una prevención eficaz de los comportamientos de acoso, el Ayuntamiento divulgará de forma continuada su contenido y se pondrá a disposición de los trabajadores del Ayuntamiento y de la Agencia de Empleo y Formación (ALEF).

No hay comentarios:

Publicar un comentario