Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

viernes, 26 de agosto de 2011

La fiscalía investiga un caso de acoso laboral en la empresa pública

Fuente: diariodemallorca.es
Fecha: 25/08/2011

La fiscalía anticorrupción interrogó al exdirector de Medio Ambiente de Emaya Germán Chacártegui, imputado por el caso Ossifar, sobre una sentencia de la jurisdicción social donde se condenó a él y a su antigua empresa a indemnizar con 35.000 euros a un mando intermedio por acoso laboral.
Chacártegui explicó que la demanda se formuló contra él y la empresa, pero que se obvió dirigir la reclamación contra otros directivos de la compañía y los jefes directos del trabajador.
Según la sentencia, que está pendiente de recurso ante el TSJB, Chacártegui, cuando empezó a dirigir Emaya procedió a hacer una reorganización de los mandos intermedios y puestos de trabajo. Francisco Sánchez, que hasta esa época había sido el responsable de un grupo de unos 200 empleados en Son Pacs, fue "desterrado" a una caseta del vertedero de Son Reus, unas instalaciones sin apenas actividad y destinadas a ser clausuradas.
La demanda dio por probado que el mando intermedio sufrió un maltrato laboral, que le causó problemas de salud, merma salarial,acoso y marginación que la juez atribuyó a la empresa pública y a Chacártegui.
La sentencia condenó a la compañía a indemnizar al empleado, que antes del juicio ya había sido "rehabilitado". Emaya tuvo que consignar los 35.000 euros para poder recurrir en suplicación ante el TSJB. El fallo no especificó los motivos del acoso laboral, aunque la víctima acusó a la empresa municipal de marginarle por su condición de sindicalista.

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