Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 3 de mayo de 2011

El Gobierno aprueba un anteproyecto para mejorar la Inspección de Trabajo

Fuente: expansion.com
Fecha: 29/04/2011

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un anteproyecto de ley de reforma de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para convertirla en un instrumento más especializado y con mayor capacidad en la lucha contra el fraude, ya que se crea una nueva escala de subinspectores en seguridad y salud.
Según informa el Ministerio de Trabajo, esa nueva escala permitirá incrementar las actuaciones de vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre la prevención de riesgos laborales.
Además se permite que los inspectores y subinspectores adopten medidas en todas las materias socio-laborales, ya sean de competencia estatal o autonómica y con independencia de la adscripción del funcionario a una u otra administración.
Asimismo se incrementan las facultades del personal de la Inspección en la lucha contra el fraude, especialmente en materia de contratación y de trabajo de menores, se precisa en la nota.
Al mismo tiempo, se adapta la organización de la Inspección a los traspasos a las comunidades autónomas y se refuerza la cooperación con las regiones mediante la creación de la Conferencia Sectorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Para la participación de las comunidades autónomas se crea también un órgano específico denominado Autoridad General.
El anteproyecto de ley se enviará ahora al Consejo Económico y Social (CES) para que emita su dictamen

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