Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

miércoles, 18 de mayo de 2011

La OMS puede incluir las patologías ambientales en la próxima Clasificación de Enfermedades

El Comité Nacional para el Reconocimiento del Síndrome de Sensibilidad Química Múltiple y la Hipersensibilidad a los Campos Electromagnéticos (EHS) se reunió el pasado día 13 con la Dra. María Neira, Directora de Salud Pública y Medio Ambiente de la OMS. Durante el acto la propia OMS reconoció que existe controversia en cuanto a la elaboración de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE). Neira y su equipo ofrecieron una explicación de cómo puede participar la comunidad científica en la revisión de la clasificación de enfermedades así como el calendario hasta 2015.

En mayo del año 2012 se presentará un borrador por parte de la OMS con las nuevas enfermedades a incluir en la CIE. Se ha creado una plataforma virtual para que participe la comunidad científica, a diferencia de antes que solo participaban las delegaciones nacionales de los ministerios de Sanidad, por lo que este hecho aperturista ha sido aplaudido por el Comité. La OMS ha garantizado a los asistentes al encuentro transparencia en todo el proceso así como un proceso participativo que no excluya a ninguna comunidad científica. Para la inclusión de las enfermedades ambientales en dicho catálogo, la OMS recuerda que es imprescindible contar con una clara evidencia científica de la enfermedad.
Jaume Cortés, abogado del Colectivo Ronda, explicó en nombre de los asistentes del Comité la evidencia legal por las más de 200 sentencias ganadas por enfermos de patologías ambientales como la SQM y EHS. El Dr. Julián Márquez, neurofisiólogo con una dilatada experiencia en estos casos, acreditó la evidencia científica con un dossier de estudios científicos concluyentes publicados durante los últimos años.
El Comité participará activamente en la plataforma creada por la OMS para que tanto la SQM como el EHS sean reconocidos como enfermedades ambientales a nivel internacional y clasificados como tales en su código CIE como lo hacen actualmente Alemania, Austria, Luxemburgo, Suecia o Japón.

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