Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 10 de mayo de 2011

UGT denunciará este lunes a Empleo ETT por permitir la vulneración de la normativa de prevención de riesgos laborales

Fuente: 20minutos.es
Fecha: 08/05/2011

La Federación Agroalimentaria de UGT Región de Murcia interpondrá este lunes una denuncia ante la Inspección de Trabajo de Murcia en contra de la empresa Integra Empleo
Ett sl, y frente a las usuarias Langmead España S.L, Tierras de Cartagena S.L, Agromen S.L y Semilleros Fuente Álamo S.L, por la vulneración de normas de prevención de riesgos laborales en perjuicio de sus trabajadores y el acoso laboral o 'moobing' que sufren algunas de las trabajadoras.
De este modo, han explicado que la mercantil Integra Empleo ETT S.L, lleva a cabo su actividad en las poblaciones de Cartagena, Archena y Murcia y les vende a sus propios trabajadores su ropa de trabajo, según han informado fuentes sindicales en un comunicado.
"Por poner un ejemplo, les cobran 25 euros por el calzado de seguridad, y muchos de estos trabajadores han optado por adquirir estos artículos en tiendas particulares dado que les resulta más económico, arriesgándose la seguridad y salud de los trabajadores porque en la gran mayoría de los casos, estas prendas no reúnen las condiciones necesarias para garantizar la seguridad a la hora de prestar servicio en las fincas", han indicado.
Así, siete trabajadores de una de las empresas, aseguran cómo el encargado general les somete a constantes amenazas y presiones, que convierte el ambiente de trabajo en "insostenible e insoportable".
Del mismo modo, cada vez que estos trabajadores muestran sus quejas con motivo del cansancio que supone trabajar más horas de la jornada ordinaria, porque tienen que costearse el transporte ( 3,5 euros diarios) o bien porque reclaman su dinero al ser pagados con cantidades inferiores a las que les corresponden, los amenaza con echarlos de la empresa y diciéndoles que no encontrarán trabajado en Murcia.
En este sentido, desde UGT afirman que estos empleados "trabajan normalmente a destajo, recibiendo una retribución que varía tanto en función del producto que se recoja como del volumen total recolectado y, en general, no alcanzan el salario mínimo establecido en las Tablas Salariales del Convenio Colectivo de aplicación".
Y es que, según han indicado, "excepcionalmente, si cobran el salario por hora trabajada, ésta se abona a 5,50 euros, cuando el salario de peón está fijado en 6,11 euros, sin que en el articulado del convenio se prevea el que los trabajadores tengan que trabajar a destajo".
De igual modo, han indicado que los trabajadores "no perciben la retribución prevista para las horas extraordinarias o festivos ni reciben el abono de todas las horas que hacen, pero sí que les son descontadas la hora de descanso para comer o aquellas que no pueden cumplir por las condiciones meteorológicas".
Estos hechos, explican desde UGT, vienen sucediéndose desde el pasado mes de octubre de 2010, por lo que "consideramos que los trabajadores y trabajadoras están siendo víctimas de acoso laboral o moobing por parte de este encargado, que abusa de su posición de poder o superioridad frente a éstos con la única finalidad de amedrentarlos en la reclamación de sus derechos".
Por todo ello, FTA-UGT solicita a la Inspección de Trabajo de la Región de Murcia que investigue y compruebe estos hechos y, en su caso, tome las medidas oportunas par que se cumpla con la negativa vigente de aplicación.

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