Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

miércoles, 1 de junio de 2011

Anulan condena un año cárcel a gerente empresa por un accidente laboral

Fuente: finanzas.com
Fecha: 01/06/2011

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia del Juzgado de lo Penal número Uno de Cartagena que hace ahora un año condenó a un año de prisión a la gerente de una empresa agrícola ubicada en Torre Pacheco por un accidente laboral. La sentenciadel Juzgado declaró como hechos probados que el accidente laboral se produjo en las instalaciones de la empresa, ubicada en la población pachequera de El Jimenado, el 27 de mayo de 2006, cuando un trabajador sufrió lesiones en una mano cuando participaba en las labores de enganche de un apero al tractor que era accionado por un compañero.
El juez condenó a la gerente por un delito de lesiones imprudentes a la pena de un año de prisión, al mismo tiempo que la absolvía por un delito contra la seguridad de los trabajadores, por el que también fue juzgada.
Al anular dicha condena, la Audiencia Provincial indica que "de las declaraciones testificales y periciales que se prestaron en el juicio no cabe extraer la existencia de una conducta omisiva de la suficiente entidad como para ser merecedora de reproche penal".
Añade que la acusada "dijo que ella no explicó personalmente al trabajador cómo tenía que hacer la operación, porque ella no se dedica a eso, pero que sí se lo explicó la empresa que tenía contratada como servicio de prevención y que también lo hizo su hijo, que actuaba como tractorista, así como que aquél recibió un curso de prevención".

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