Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

jueves, 17 de marzo de 2011

La mayoría de los fallecidos en accidentes de tractor son jubilados que trabajaban sus tierras

Fuente: laopiniondemurcia.es
Fecha: 14/03/2011

Las caídas con estos vehículos agrícolas son la primera causa de siniestralidad laboral en el campo y casi todas acaban en muerte

Trabajar el campo siempre ha sido duro pero en determinadas ocasiones puede, además, provocar la muerte. Y no por el esfuerzo físico o las inclemencias climatológicas, sino por el uso del tractor, un instrumento que protagoniza la mayoría de accidentes con vehículos agrícolas en el campo. De hecho, la mayoría de las muertes en el ámbito agrícola están relacionadas con el uso de maquinaria agrícola y en el 70,1% de los casos, son causadas por el vuelco del tractor. Así lo recoge un estudio realizado por la Universidad Pública de Navarra, que destaca que este tipo de accidentes son la primera causa de siniestralidad laboral en el campo.

Pese a todo, muchos de estos accidentes no aparecen reflejados en las estadísticas de accidentes laborales. ¿Por qué? Pues, sencillamente, porque la mayoría de los fallecidos por vuelco de tractor eran agricultores jubilados, de más de 65 años, no dados de alta, por tanto, en la Seguridad Social, «lo que se traduce en que dicho accidente no se declara y no queda incluido en las estadísticas de siniestralidad al no tener consideración de accidente de trabajo». Así se recoge en otro estudio realizado por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Murcia (ISSL), que analiza 21 de estos accidentes ocurridos en la Región entre los años 2005 y 2007.

Como consecuencia, de los 388 accidentes mortales con maquinaria agrícola registrados en la última década en España, sólo 240 aparecían registrados en las estadísticas de siniestralidad laboral del ministerio de Trabajo, como comprobaron los investigadores de la Universidad de Navarra.

Y no sólo los fallecidos se ´pasaban´ de edad. También los tractores siniestrados pecan de antiguos. El estudio del ISSL de Murcia pone de manifiesto que «en más de un 40 por ciento de los casos analizados, la edad del tractor era superior a veinte años» e incluso algunos tenían más de tres décadas.

No obstante, por delante de la edad se sitúa otro factor de riesgo más mortífero: la ausencia de protección homologada en el tractor. Esta ´desprotección´ se sitúa como primera causa de los accidentes en 271 de los 388 casos analizados en toda España en la última década, seguido por la edad del conductor (186) y el realizar el trabajo solos (178). Otros factores de riesgo analizados son la existencia de cunetas, acequias, obstáculos, pendientes, caídas, golpes o maniobras inadecuadas, etc...

De todo ello cabe concluir que «el accidentado tipo es: conductor habitual de su propio tractor, que trabaja sus propias tierras, que realiza su trabajo en solitario, no dado de alta en la Seguridad Social, que conduce un tractor sin estructura de protección, que vuelca en pendiente o talud por conducción inadecuada y que sufre lesiones con consecuencias mortales».

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