Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

sábado, 29 de enero de 2011

IBERMUTUAMUR estima que manipular cargas no supone riesgo para el embarazo

Fuente: kaosenlared.net (21-1-2011)

La mutua Ibermutuamur insta a una trabajadora embarazada a seguir manipulando cargas superiores a 50 kgs basándose en una evaluación de riesgo sospechosamente interesada y sesgada.

La mutua Ibermutuamur ha desestimado la reclamación de una trabajadora embarazada de la empresa Mediapost (Barakaldo), presentada para el reconocimiento del riesgo en el embarazo derivado de las condiciones laborales de su puesto de trabajo en la empresa Mediapost (Barakaldo), dedicada a la distribución de folletos publicitarios.

El trabajo de la gestante consiste en la distribución de dichos folletos por los diferentes portales de la zona asignada utilizando para ello carros de reparto cargados con el material a distribuir que pueden alcanzar los 60Kgs de peso medio, unido esto a condiciones ambientales nada recomendables para una persona en su estado, tales como frío, calor, lluvia y ruido, además de movimientos y posturas forzadas, que pueden afectar gravemente a la salud del feto, tal y como establecen los diferentes organismos de control de prevención de riesgos y las directivas europeas.

Haciendo caso omiso a tales evidencias la mutua, además de desestimar la reclamación y una vez presentada la correspondiente demanda en los juzgados por parte de la perjudicada, a contraatacado instando al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza a dar el alta médica a la trabajadora, que había solicitado la baja por enfermedad común para evitar el riesgo que supone su trabajo mientras se tramitaba la reclamación, basándose en una evaluación del puesto laboral realizada por la propia mutua en la que, entre otras lindezas, indica que las cargas manipuladas por la trabajadora no exceden de los 8Kgs, cuando ya solo el carro de reparto alcanza los 12Kgs obviando, además, el resto de riesgos en una actitud totalmente negligente.

Un nuevo ataque contra la salud de l@s trabajador@s en este mercado laboral en el que parece que todo vale.

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