Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

lunes, 3 de septiembre de 2012

Un juez condena al Puerto de Ferrol a readmitir a la técnico que denunció acoso

Fuente: laopinioncoruna.es
Fecha: 01/06/2012

Una sentencia declara el despido improcedente y obliga al pago de unos 22.000 euros en salarios

 La Autoridad Portuaria de Ferrol tendrá que readmitir a la alto cargo que denunció a la institución y a su presidente por acoso laboral y que fue despedida el pasado mes de octubre tras un expediente disciplinario. Así lo establece una sentencia del juzgado de lo Social número 1 de Ferrol que declara el despido improcedente y condena al Puerto a abonar los salarios que L.G.P. dejó de percibir en los últimos ocho meses, una cantidad que su abogado, Xoán Antón Pérez-Lema, calcula en unos 22.000 euros.

El fallo considera probados los hechos por los que la institución abrió el expediente -que dos webs publicaron un escrito ofensivo con el presidente del Puerto y la institución y que el escrito salió del correo electrónico de la mujer- y entiende que el procedimiento sancionador fue correcto, aunque concluye que el castigo que se le aplica es demasiado duro.

"La resolución unilateral del contrato con el despido sólo puede operar como reacción a un incumplimiento contractual grave y culpable, requisitos (...) para cuya apreciación han de ponderarse todos los aspectos, objetivos y subjetivos, concurrentes en la conducta...", argumenta el juez, quien advierte de que deben considerarse circunstancias como la litigiosidad previa entre los implicados o la baja médica de L.G.P. "No se concluye que la imputación realizada a la trabajadora en este contexto (...) determine una conducta de tal gravedad para ser constitutiva de la máxima sanción disciplinaria", añade.

El letrado de L.G.P. explica en una nota de prensa que la sentencia obliga a la readmisión -y no da a elegir a la Administración si prefiere indemnizarla para que no vuelva a su puesto de trabajo- porque la técnico es personal fijo de la institución y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) impide ofrecer esa disyuntiva.

La sentencia, sin embargo no es firme, y puede ser recurrida por ambas partes. El abogado de la alto cargo no descarta de hecho apelar porque considera que su representada fue en realidad víctima de un despido nulo, entre otras cosas, por las numerosas irregularidades que, en su opinión, cometió lña Autoridad Portuaria en la instrucción del expediente.

Cruce de denuncias
El despido de la jefa de división comercial del puerto ferrolano se produjo como consecuencia de un expediente disciplinario que la institución le abrió meses después de que la trabajadora denunciase a su presidente, Ángel del Real, y a otros dos altos cargos de la institución, por acoso laboral.

Los tres ejecutivos se enfrentaron a la trabajadora en un juicio que llevó al presidente a presentar una querella contra la empleada por injurias por las acusaciones que se derivaban de su escrito de denuncia, en el que le acusaba de haberle acosado sexualmente. La demanda por mobbing fue desestimada por los juzgados ferrolanos en junio pasado y confirmada luego por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La conflictividad judicial se trasladó en otoño al terreno laboral. La Autoridad Portuaria expedientó a la técnico -que llevaba de baja médica y a tratamiento psicológico desde la primavera de 2010- por haber presuntamente enviado por correo electrónico un escrito "con contenido ofensivo" que fue publicado en las web Galicia Confidencial y Burbujainfo. La institución cerró el expediente con una resolución en la que acusaba a la trabajadora de una falta grave y decidió aplicarle la máxima sanción, el despido disciplinario.

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