Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

miércoles, 5 de octubre de 2011

Secuelas de accidentes laborales envían a casa a 2.566 trabajadores de la provincia

Fuente: farodevigo.es
Fecha: 06/10/2011

Perciben una pensión media de 896,99 euros, de la que perderán el 8% al llegar a la edad de jubilación 

Un accidente de trabajo los situó fuera del mundo laboral obligándoles a reinventar, con mayor o menor fortuna, su vida y sus relaciones personales. Llevan desde entonces la etiqueta de "pensionistas" lo que les da derecho a percibir un "salario medio de 896,99 euros mensuales a cargo de la Seguridad Social, una cantidad que se reducirá un 8% (en 72,51 euros) cuando alcancen la edad de jubilación. Es la situación en la que viven 2.566 trabajadores que tenían su empleo en la provincia a los que las secuelas de un siniestro laboral los dejó incapacitados de manera permanente, según los datos actualizados del Ministerio de Trabajo.
A este grupo se suman otros 470 pontevedreses a los que, el Issga (Instituto de Seguridade e Saúde Laboral Galego), certificó en su día una incapacidad permanente por enfermedad profesional, para cuyo diagnóstico han tenido que superar un largo proceso de control. Este grupo percibe una pensión media de 903,41 euros, que se reducirá a 883,25 cuando el perjudicado alcance la edad oficial de jubilación.
Los pensionistas pontevedreses derivados de una contingencia laboral adversa suponen algo más del 37% del total de los contabilizados en Galicia: 8.090 este otoño.
Minoría
Los trabajadores de la provincia, en edad laboral, que están en casa como consecuencia de una contingencia laboral (accidente o enfermedad profesional) suponen menos del 13% del total de pontevedreses que son pensionistas por incapacidad permanente: 23.652 en la provincia, que perciben una nómina media de 760,91 euros al mes. En este elenco de pensionistas se encuentran todo tipo de personas con discapacidades o enfermedades invalidantes.
El paso del tiempo obligará a los 3.036 trabajadores de la provincia, que tuvieron que abandonar su empleo por las secuelas de un accidente laboral o por enfermedad profesional, a transitar a la condición de jubilado, un estatus que, a día de hoy, tienen 1.480 personas en Pontevedra (1.151 ex pensionistas por accidente y 329 por enfermedad profesional). En ambos casos el salario mensual se ajustará a la baja.

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