Peritaje Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Noelia Garcia Guirao (Murcia)

Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Miembro con Carnet Profesional nº E-1476-25 de la A.P.P.J. (Asociación Empresarial de Peritos Judiciales)

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Peritajes, Consultoría y Formación

Contacto: perito.prl.murcia@gmail.com




El Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es una figura, dentro del marco de la Pericia Judicial, al servicio de la Administración de Justicia. Según se recoge en el artículo 335.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el Perito es un experto en un determinado campo que, ante cuestiones planteadas por el juez o algunas de las partes, emite un dictamen en el que contesta a dichas cuestiones o emite su opinión profesional.



El cometido del perito es ayudar al juez a interpretar ciertos hechos o pruebas que requerirían conocimientos especializados para dicha interpretación y de los cuáles, el perito dispone. Su misión no es juzgar, ni establecer quién es o no culpable de algo. El perito, en su dictamen, solamente debe responder, de manera razonada, estructurada y comprensible, y con el aval de su preparación y experiencia profesional, a aquellas cuestiones que se planteen, de manera que ayuden al juez a dictar un veredicto, ya que éste carece del nivel de conocimientos y experiencia en determinadas y específicas materias, como es el caso de la Prevención de Riesgos Laborales.

martes, 20 de marzo de 2012

La UJI ve indicios de "acoso laboral y sexual" sobre la hija del vicerrector

Fuente: abc.es
Fecha: 15/03/2012

El Consejo de Dirección de la Universitat Jaume I ha determinado en un informe que existen indicios de acoso laboral y acoso sexual en el caso denunciado por la hija del ex vicerrector de Prospectiva, Dinamización y Relaciones Institucionales, han informado fuentes del rectorado.
El pasado 19 de enero la UJI inició una investigación para estudiar un posible caso de abuso y acoso laboral tras las dos denuncias que presentó la hija del entonces vicerrector J. L. G., quien dimitió de su cargo para poder defenderla.
La víctima denunció haber sido objeto de acoso laboral por parte del director de un máster adscrito al área de Ciencias Experimentales.
El Consejo de Dirección de la UJI ha afirmado en un comunicado, haber finalizado su informe en el que consideran que existen "indicios de acoso laboral".
Estos indicios estarían fundamentados en "la existencia de un entorno que puede ser percibido como intimidatorio, la existencia de conductas inapropiadas, el análisis de la percepción por la denunciante, su exclusión final de la organización y en las consecuencias para su salud".
Igualmente, la comisión de investigación ha considerado acreditada la existencia de indicios de "acoso sexual ambiental y de acoso sexista".
No obstante, la comisión considera que no ha habido "intencionalidad" por parte del denunciado y se ha dado "limitada bilateralidad del proceso", por lo que no considera necesario englobar los hechos como "delictivos según el artículo 173 del Código Penal".
Según el comunicado, "la ausencia de requerimiento de favores sexuales por parte del denunciado a la denunciada disipa la posibilidad de encuadramiento de su conducta en el tipo delictivo del art. 184.1 del Código Penal".
La comisión ha acordado por unanimidad proponer al rector la apertura de un expediente disciplinario al denunciante, y ha lamentado el "eco mediático que se ha dado a este caso por los perjuicios que puede generar para las personas afectadas y la institución".
El pasado mes de enero, tras presentar las denuncias, Juan Luis Gómez, que es catedrático de Derecho Procesal y profesor del departamento de Derecho Público y Procesal, aseguró que su hija había sido "anulada como persona" por el "acoso reiterado" que había sufrido por parte del director del máster.
La joven precisó de tratamiento psicológico y medicación, y causó baja médica de su trabajo en el laboratorio donde cursaba el máster, en el que además hacía otras labores.
El profesor denunciado afirmó que las acusaciones de acoso laboral no eran ciertas, y explicó que la denunciante formaba parte de un grupo de más de 20 personas, en el que se trabaja con mucho estrés".

CCOO y UGT instan a Madrid a negociar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Fuente: eleconomista.es
Fecha: 15/03/2012

Los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO) y Unión General de Trabajadores (UGT) en Madrid han instado a la Comunidad a negociar el IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales, tras registrarse hoy la vigésima víctima en un accidente laboral en lo que va de año.
La última víctima mortal en el trabajo es un hombre marroquí de 27 años, de la empresa vidriera Lasry Vitrage España, que ha muerto hoy como consecuencia de las graves heridas que sufrió al caer desde un camión en el Polígono Campohermoso de Fuenlabrada, según datos del servicio de Emergencias Comunidad de Madrid 112 y de CCOO.
Este accidente, según una nota de CCOO, se produjo cuando el trabajador se disponía a cortar los flejes que sujetaban unas planchas de vidrio para ser descargadas del camión que las transportaba.
Por causas que se desconocen, el hombre se ha precipitado al suelo desde una altura de 4 metros golpeándose en la cabeza, dice CCOO en su nota, en la que añade que "el camión estaba situado en el exterior de la planta y la actividad que se realizaba no tenía un procedimiento de trabajo".
Según Emergencias 112, el hombre, que sufría un traumatismo craneoencefálico severo, fue trasladado en estado crítico por el Servicio de Urgencias Médicas de Madrid (SUMMA) hasta el Hospital Clínico, donde posteriormente falleció.
UGT asegura en una nota que "es imprescindible que se firme cuanto antes" dicho Plan, un instrumento -dice- "particularmente eficaz contra la elevada siniestralidad que soporta los trabajadores y trabajadoras madrileños".
Tras recordar las veinte muertes en lo que va de año, el secretario de Salud Laboral de CCOO de Madrid, Carmelo Plaza, dice en la nota que "son demasiados los accidentes laborales que se están produciendo en Madrid, en una situación de crisis en la que además de perder el empleo se pierde la vida por las pésimas condiciones de trabajo y la falta de medidas y políticas preventivas".
El sindicato pide que la Inspección de Trabajo, la Fiscalía de siniestralidad laboral y el Gobierno regional asuman "de inmediato" la negociación del IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales "para que se impulsen actuaciones de los agentes sociales y se implante la prevención en todos los centros de trabajo".
La nota de UGT Madrid denuncia que las distintas medidas previstas en la reforma laboral aprobada por el Gobierno deja la prevención de riesgos laborales "en un lugar secundario".
UGT califica de "escenario negro" la prevención de riesgos laborales, "uno de los problemas endémicos del mercado laboral español en general y madrileño particularmente", en comparación con el resto de los países miembros.
Este sindicato considera que los poderes en materia de movilidad geográfica concedidos al empresario en la reforma laboral "motivarán que aumenten los riesgos asociados a los largos desplazamientos".
"No debe olvidarse que en la actualidad los accidentes 'in itinere' ocupan un lugar privilegiado en las estadísticas de accidentalidad", dice UGT.
Esta organización insta a los poderes públicos a reflexionar sobre las consecuencias que la reforma tendrá sobre la clase trabajadora y corrijan en el trámite parlamentario estos defectos mediante la apertura de una negociación entre sindicatos y empresarios

El juez absuelve a los todos los imputados por el accidente de la A-7

Fuente: granadahoy.com
Fecha: 15/03/2012

La sentencia del juicio por el mayor accidente laboral de la provincia de Granada, que se cobró la vida de 6 trabajadores en 2005, absolvió ayer a todos los imputados en el proceso al no poder determinarse las causas desencadenantes del siniestro, ni en las nueve sesiones celebradas durante todo el mes de febrero ni en el intenso trabajo realizado por los peritos en estos años. El juez a lo largo de los 40 folios en los que fundamenta su decisión no sólo absuelve sino que también reprocha a los sindicatos la omisión en su deber de prevención de riesgos.

A las nueve y media de la mañana de ayer estaban citados en el Juzgado de lo Penal número 1 de Motril los procuradores de las partes para recoger la sentencia por el accidente del viaducto del río Verde en Almuñécar en la construcción de la A-7, que el 7 de noviembre de 2005 se cobró la vida de seis trabajadores.

El fallo judicial reflejó el desenlace esperado tras la celebración de las nueve sesiones que duró el juicio oral, la absolución de todos los imputados por la totalidad de las acusaciones que mantenía la acusación popular, ejercida por los sindicatos UGT y CCOO, delitos de homicidio y lesiones imprudentes y contra la seguridad y salud en el trabajo.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Granada Hoy, la cual no es firme y contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, declara probado "que no se han podido determinar las causas" por las que la autocimbra se rompió por el marco trasero, "al margen de las hipótesis a las que se ha llegado por un diagnóstico de descarte, tras años de estudio por diversos peritos técnicos, expertos en la materia".

Como "meras hipótesis" se estimaron problemas de la tornillería o de las soldaduras, "si bien no existen datos objetivos que permitan determinar que efectivamente, en las uniones atornilladas de la cimbra que cayó o las uniones soldadas de la misma se produjese incidencia alguna".

También queda probado, según reza la sentencia, que la cimbra estaba "bien montada y presentaba una completa fiabilidad estructural en el momento en el que se trabajaba con ella".

El día del siniestro, tanto las uniones atornilladas como las soldaduras fueron además revisadas "de forma debida, por el personal autorizado, al que correspondía, adecuado y cualificado, al margen de las correctas revisiones periódicas a las que eran sometidas junto al resto de la cimbra, por encima incluso de las marcadas por el manual de instrucción del fabricante", mantiene el fallo judicial.

Ya en los fundamentos de derecho, el juez Sergio Romero expresa que el proceso ha estado "presidido por dos sentimientos si no enfrentados sí contradictorios": "la pesadumbre por el fallecimiento de los seis trabajadores y el estudio de las circunstancias, pruebas y hechos". Además rechaza que sea una sentencia "ejemplarizante", tal y como pretendían los sindicatos, y reconoce que "la época de progreso que vivimos pasa necesariamente por la asunción de riesgos, sin que ello conlleve una renuncia a las políticas preventivas".

En el folio número 20, para su mejor comprensión, incluso se reproduce una gráfica de la cimbra en la construcción del tablero sobre los pilares.

No ha resultado probado el delito por el que finalmente las acusaciones populares han mantenido la acusación y que los imputados no deben responder penalmente del delito contra la seguridad de los trabajadores. En la sentencia, el juez señala que "no existen" por tanto pruebas que destruyan la presunción de inocencia y por tanto, absuelve a los once procesados por los hechos.

El magistrado desmonta la acusación mantenida sobre el incumplimiento de la normativa laboral, y va rebatiendo cada uno de los argumentos esgrimidos por los sindicatos para mantener los delitos de los artículos 316 y 317 del Código Penal a cada uno de los imputados: La inadecuada revisión de las uniones atornilladas, del estado de las soldaduras, la utilización de la grúa, la falta de cualificación profesional del personal que dirigía las maniobras de la cimbra, la planta de hormigón a la sombra del no cumplimiento del plan de evacuación o el desalojo de la cimbra, una vez que tuvo lugar el fallo eléctrico.

Incluso el juez Sergio Romero hace suyos en la sentencia los argumentos aportados por los letrados Luis Molero y Pedro González del despacho de Garrigues que se encargaron de la defensa de los trabajadores de la UTE La Herradura y que durante la fase oral criticaron el papel de los técnicos de seguridad de los sindicatos que no hicieron constar ninguna anomalía en sus visitas a la obra. "¿Por qué habiendo podido los técnicos en materia de seguridad de los sindicatos hacer constar cualquier anomalía relativa a la seguridad nada se hizo constar cuando incluso a fecha de la última visita girada ya había comenzado el avance de la autocimbra?", se pregunta. Y el magistrado alude a la responsabilidad de los sindicatos, que realizaban visitas trimestralmente para velar por la seguridad de las obras que se estaban ejecutando.

Fuentes de la defensa mostraron su satisfacción tras conocer el fallo judicial y elogiaron el papel del juez "que ha estudiado en profundidad la causa". También destacaron también el papel "valiente" del fiscal "por defender la legalidad y retirar las acusaciones cuando quedó acreditado que no había motivos para acusar".

UGT y CCOO no comparten fallo por desplome de A-7 y no descartan recurrirlo

Fuente: expansion.com
Fecha: 14/03/2012

Los sindicatos UGT y CCOO, acusaciones populares en la causa judicial por el desplome de parte de un viaducto en construcción de la autovía A-7 que causó seis muertes, han mostrado hoy su rechazo al fallo que absuelve a los once procesados en este caso y han anunciado que no descartan recurrirlo.
Aunque el secretario de Construcción de UGT Granada, Francisco Ruiz Ruano, ha señalado que respeta la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Motril (Granada), considera que con la misma "parece" que el día del accidente, que tuvo lugar en noviembre de 2005, no ocurrió nada y que no hubo ninguna causa del siniestro.
En este sentido, ha lamentado que la muerte de seis trabajadores no haya generado ningún tipo de responsabilidad "ni directa ni colateral" y ha dicho que existen suficientes estudios técnicos y pruebas de fuerza que acreditan en su opinión cuál fue la causa del accidente.
Ruiz Ruano ha informado de que los servicios jurídicos de UGT estudian el contenido del fallo judicial y que no se descarta recurrir la sentencia, si bien se trata de una decisión que no debe tomarse "con prisas y a la ligera".
Por su parte, CCOO ha mostrado su "indignación" tras conocer la sentencia absolutoria y ha anunciado que la estudiará asimismo con detalle para decidir si la recurre con el objetivo de esclarecer las causas por las que se produjo el siniestro.
En opinión del secretario general de CCOO de Granada, Ricardo Flores, el juicio ha supuesto "un flaco favor" al futuro de la prevención de riesgos laborales y en particular a la memoria de los seis obreros fallecidos en el accidente al haber anulado todos los indicios que conducían a señalar responsabilidades concretas.
Al respecto ha dicho que los informes de los peritos no han determinado la causa final que originó la caída, por lo que un accidente con un resultado fatal queda "sin aclaración" y por lo tanto sin responsables.
La sentencia, que ha sido notificada hoy a las partes y a la que ha tenido acceso Efe, absuelve de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes y contra la seguridad y salud en el trabajo a los once acusados, entre los que figuran el ingeniero director del proyecto de ejecución de las obras, el entonces coordinador de seguridad de Fomento y los responsables de las empresas encargadas.
El fallo coincide con el criterio finalmente defendido por la Fiscalía, que en la última sesión del juicio retiró los cargos contra todos los procesados al considerar que no quedó acreditado con certeza lo ocurrido.

Salud laboral y seguridad alimentaria, donde más crece la certificación Aenor

Fuente: abc.es
Fecha: 14/03/2012

La certificación de Aenor en los sectores de la seguridad y salud en el trabajo y en la seguridad alimentaria en Castilla-La Mancha ha aumentado un 69 % y un 21 %, respectivamente, en los últimos dos años.
El presidente de Aenor, Manuel López Cachero, y el director en Castilla-La Mancha, Antonio Contreras, han explicado hoy la actividad de esta empresa que se creó hace veinticinco años, y posteriormente han entregado a la Confederación regional de Empresarios (Cecam) el certificado de calidad ISO 9001, que ha recogido su presidente, Ángel Nicolás.
Los responsables de Aenor han explicado que, en los dos últimos años, coincidiendo con la apertura de la delegación en Toledo, han experimentado un notable crecimiento los certificados que acreditan que se ha implantado un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, con un incremento del 69 %, hasta alcanzar los 81.
Se trata de una certificación voluntaria que ayuda a prevenir riesgos laborales.
Dentro de la seguridad laboral, las auditorías reglamentarias de prevención de riesgos laborales han aumentado el 47 %.
Por su parte, las certificaciones de seguridad alimentaria, que garantizan la calidad e inocuidad de los alimentos, han crecido el 21 % en Castilla-La Mancha.
Esta región es la segunda de España con más Cartas de Servicios certificadas por Aenor, con dieciocho; y con catorce se sitúa la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, lo que la convierte en la primera administración pública española en ese aspecto.
Es también la segunda autonomía por potencia eólica certificada, la primera en los reconocimientos de centros residenciales, y la tercera con mayor número de centros de enseñanza certificados por Aenor, un total de veintiún centros públicos.
En total en Castilla-La Mancha Aenor ha emitido más de 3.800 certificados en sus veinticinco años de vida.
El presidente de esta empresa ha explicado que, tras emitir el certificado, cada año y durante tres se realiza una auditoría de seguimiento para verificar que se mantienen los estándares de calidad, y si no es así, se retira la certificación, aunque ha señalado que son pocos los incumplidores ya que es una inversión en calidad a la que se procura no renunciar.
A preguntas de los periodistas sobre si se pueden ver afectadas por la crisis y los recortes las cartas de servicios de la Junta certificadas por Aenor, López Cachero ha señalado que lo ideal es que se mantengan estables independientemente de las condiciones económicas y que confía y desea que así ocurra, aunque también ha asegurado que se retirarían si se dejaran de cumplir los estándares.
López Cachero, por otro lado, ha agradecido a Ángel Nicolás la confianza puesta en Aenor y le ha felicitado por apostar por el rigor y por hacer las cosas bien, algo que, ha dicho, "no siempre es lo más fácil".
El presidente de la Cecam ha dicho que su objetivo es aportar calidad en las labores que realiza la organización empresarial que cumple treinta años y que hoy, con esa certificación, da un paso más en su objetivo de mejora continua en los servicios que prestan a las empresas.

El 50% de las comunidades de propietarios no previene el riesgo de accidentes laborales

Fuente: inmodiario.com
Fecha: 15/03/2012

Sabemos que las necesidades marcadas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) son muy similares en una empresa constructora o en un establecimiento comercial. Pero también una comunidad de propietarios es responsable de hacer todo lo posible para evitar los accidentes de empleados propios o ajenos en sus instalaciones. No existen, por lo tanto, diferencias significativas entre las actuaciones preventivas a desarrollar en una comunidad de las que se realizan en cualquier otra empresa.
Según la actual normativa, las obligaciones del empresario (la comunidad) son evitar, evaluar y combatir en su origen los riesgos, adaptar el trabajo a la persona, sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, planificar la prevención y formar e informar a los trabajadores.


Teniendo en cuenta que  una evaluación de riesgos es un proceso técnico en el cual se identifican, valoran, categorizan y se proponen medidas de control de los riesgos existentes en el lugar de trabajo, es muy importante saber sobre quiénes debe actuar una PRL en una comunidad de propietarios; “fundamentalmente sobre los trabajadores propios o externos que trabajen en la empresa, tanto los conserjes, porteros o limpiadoras propios de la comunidad, como cualquier trabajador que por razón de sus tareas profesionales deba permanecer en la misma (trabajadores de mantenimiento de construcción, vigilantes o controladores externos, etc.)”, señala Antonio Llamas, técnico Superior y auditor en PRL en el Grupo GTG.


Esta forma en que los técnicos ponen nota a la situación de riesgo es común a cualquier comunidad de propietarios, independientemente del número o extensión de las viviendas. “La ley tampoco exime a aquellas que no tengan trabajadores propios, siempre hace responsable al empresario, en este caso la comunidad de propietarios, de que los lugares de trabajo sean seguros, ya sea para un trabajador propio, como para un autónomo o trabajador de una empresa externa”, añade Llamas. Conviene señalar que en lo que a contratación y ejecución de obras se refiere, cuando un promotor (por ejemplo, la comunidad de propietarios) contrata con trabajadores autónomos asume la condición de contratista en virtud de lo previsto en el artículo 2.3 del Real Decreto 1627/1997, siempre que dicho trabajador autónomo no emplee en la obra trabajadores por cuenta ajena.


Pese a que las sanciones varían desde los 40 hasta los 829.780 euros en función de la gravedad de la infracción, “es difícil encontrar multas de escasa cuantía en materia de PRL, dado que la no planificación preventiva, por ejemplo, ya es considerada como sanción grave”, dice el especialista en Medicina del Trabajo. La última que recuerda Llamas tuvo como protagonista a  una comunidad de propietarios que no tenía contrato con un Servicio de Prevención Ajeno y un trabajador externo sufrió un accidente de trabajo. El inspector requirió a la comunidad los documentos preventivos, incluyendo la modalidad de Servicio de Prevención, de los cuales carecía.


La evaluación de riesgos laborales, si está bien hecha, no hay que repetirla, siempre y cuando no se dan las circunstancias que recoge el artículo 16 de la Ley de Prevención 31/95: “cambien las condiciones de trabajo, se introduzcan nuevos equipos o haya indicadores de un fallo en la evaluación , como accidentes o daños a la salud.”


La periodicidad con que debe revisarse la evaluación, así como la posterior planificación de la actividad preventiva deberá ser determinada por el empresario en cada caso, en función de los múltiples factores reflejados tanto en el Reglamento de los Servicios de Prevención como en otras normas que pudieran resultar de aplicación, recordando siempre que la normativa aplicable no concede ninguna particularidad a estos centros de trabajo.


Ejemplos que pueden acarrear importantes sanciones son: no tener contratado Servicio de Prevención, no hacer evaluación de riesgos, no seguir planificación preventiva, no formar a los trabajadores, adquirir equipos de trabajo sin los marcados CE, no ofertar los reconocimientos médicos…Una prevención que, pese a las advertencias del administrador de fincas profesional, no está implementada en el 50% de las comunidades de propietarios, según datos de la firma Grupo GTG.

miércoles, 14 de marzo de 2012

CAPSA, galardonada con el Premio Prever 2011 por su labor de fomento y difusión de la prevención de riesgos laborales

Fuente: que.es
Fecha: 13/03/2012

Corporación Alimentaria Peñasanta S.A.(Central Lechera Asturiana, Larsa y ATO) ha sido premiada con el galardón Prever 2011 en su categoría de Empresas e Instituciones como reconocimiento a su labor en Prevención de Riesgos y Responsabilidad Social Corporativa.

Corporación Alimentaria Peñasanta S.A.(Central Lechera Asturiana, Larsa y ATO) ha sido premiada con el galardón Prever 2011 en su categoría de Empresas e Instituciones como reconocimiento a su labor en Prevención de Riesgos y Responsabilidad Social Corporativa.

Los premios PREVER, concedidos por el Consejo General de Relaciones Industriales y Ciencias del Trabajo (CGRICT), condecoran a distintos profesionales, empresas o entidades que destacan por su labor a favor de la divulgación e implantación de la prevención del riesgo laboral tanto en España como en la Unión Europea.

La entrega de estos galardones tendrá lugar en Oviedo durante los días 30 y 31 de marzo en el transcurso de las XIII Jornadas Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales y Responsabilidad Social Corporativa, organizadas en colaboración con el Instituto Asturiano de PRL dependiente de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias

Absueltos los 11 procesados por el accidente mortal en las obras de la A7 en Almuñécar

Fuente: elmundo.es
Fecha: 14/03/2012

  • El fiscal retiró los cargos en la última sesión del juicio, en febrero
  • Los peritos destacaron que las medidas de seguridad eran correctas
  • Los sindicatos mantuvieron las acusaciones y recurrirán la sentencia
El Juzgado de lo Penal número 1 de Motril ha absuelto de todos los cargos a los 11 imputados por el accidente mortal durante la construcción de la A-7, que en noviembre de 2005 costó la vida a seis obreros mientras construían un viaducto a la altura de Almuñécar, en Granada.
Ha resultado decisivo que en la última sesión del juicio el fiscal, ante los testimonios de los peritos, decidiese retirar los cargos. Las acusaciones populares, CCOO y UGT, sí mantuvieron sus peticiones de cárcel y es previsible que recurran la sentencia.
Diez de los once acusados, entre ellos el ingeniero director del proyecto o el coordinador de seguridad de la obra, se enfrentaban a una condena por la posible comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores, seis de homicidio imprudente, y otros tres de lesiones imprudentes, por los que, además de la pena de prisión, se les pedía a inhabilitación para el ejercicio de sus respectivas profesiones si están relacionadas con la construcción.
El juicio arrancó el pasado 1 de febrero y se prolongó hasta el día 29 del mismo mes, a dos sesiones por semana debido a la saturación de los juzgados motrileños. En la primera sesión, los acusados ya pasaron de 12 a 11 después de que el juez Sergio Romero aceptase la petición de sacar de los imputados a Francisco Martín Enciso, Jefe de la Demarcación de Carreteras de Andalucía Oriental en el momento de los hechos, al considerar nulas las acusaciones contra él, que sólo sostenía el abogado de CCOO.
Todos los acusados declararon ante el juez que el accidente era "imprevisible" y que se habían tomado las debidas precauciones respecto a la cimbra, la maquinaria de estructura metálica que utilizaban los albañiles y encofradores para trabajar a la altura del viaducto en construcción.
Igualmente uno de los heridos en el accidente, que además era el electricista encargado de reparar dicha maquinaria, insistió al declarar como testigo que se encontraba "bien revisada". Eso sí, no acudieron a testificar algunos de los obreros portugueses también heridos, que no han respondido a la citación y sobre los que ha llegado a pesar una orden de búsqueda de la Interpol.
Con todos, los testimonios decisivos han sido los de los expertos, tanto peritos judiciales como los llamados por las diferentes partes, incluidos los guardias civiles que levantaron el atestado del accidente. Incluso los técnicos de prevención de riesgos laborales de la Junta de Andalucía apuntaron que las medidas de seguridad en la obra eran las correctas durante sus declaraciones.
Tan sólo los expertos del Instituto Torroja Ciencias de la Construcción del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de Granada (UGR), apuntaron que no se pudo comprobar que se hubieran apretado los tornillos de la cimbra, por lo que pudo producirse un fallo en las uniones, aunque aseguraron la estructura era "fiable" y la adecuada para sostener el viaducto de la autovía que se construía.

CCOO denuncia un incremento de accidentes laborales debido a reforma laboral

Fuente: abc.es
Fecha: 14/03/2012

Comisiones Obreras de Extremadura (CCOO) ha denunciado hoy el incremento de los accidentes laborales en ciertos sectores como el de la construcción debido a la reforma laboral y a que las empresas invierten menos en la seguridad de sus empleados.
Así lo ha comunicado el sindicato, que ha lamentado los siniestros ocurridos ayer, en los que un hombre de 50 años murió al quedar atrapado bajo una hormigonera con la que trabajaba, en una pista forestal entre las localidades cacereñas de Navaconejo y Rebollar, y otro trabajador de 56 años resultó herido tras una caída de tres metros de altura en el municipio de Cañaveral (Cáceres).
CCOO ha denunciado que a pesar de la caída de la actividad económica se realizan menos esfuerzos por prevenir los accidentes laborales y exige a la administración mayor implicación para controlar este problema y no busquen en la crisis "una excusa para realizar recortes".
El sindicato ha acusado a las empresas de usar la crisis económica como excusa para recortar en materia de prevención de riesgo laboral y a la reforma laboral que sitúa al trabajador en una posición de mayor vulnerabilidad para negociar mejores condiciones de seguridad.
Para CCOO, la reforma laboral, que aumenta la precariedad y la temporalidad, el papel del trabajador que ha comenzado ha aceptar estas condiciones de irregularidad con tal de conservar su empleo, y la falta de inversión de las empresas para seguridad, están dejando atrás los avances conseguidos años atrás en esta materia.

La UJI dilucida si expedienta al profesor por acoso laboral

Fuente: elperiodicomediterraneo.com
Fecha: 14/03/2012

La comisión que se designó propone abrirle expediente y el rector debe decidir

La Universitat Jaume I decide hoy si abre expediente al profesor que presuntamente acosó laboralmente a la hija del exvicerrector de Prospectiva, Dinamización y Relaciones Institucionales de la Universitat, Juan Luis Gómez Colomer, mientras esta cursaba un máster en la misma. Según ha podido saber este diario, el rector de la UJI, Vicent Climent, es quien tiene la última palabra en este tema y deberá adoptar una posición después de que la comisión técnica de la Unidad de Igualdad de la UJI que ha investigado el caso haya concluido su trabajo tras los 45 días preceptivos para ello.
El informe propone que la UJI abra un expediente al presunto profesor acosador y catedrático Juan Bisquert por haber hallado indicios de un posible acoso laboral. En el caso de que finalmente así sea, la apertura del expediente sancionador no tiene por qué implicar la pérdida de su lugar de trabajo para Bisquert, según ha podido saber este diario.
Es más, solo en el caso de que se apreciasen indicios de delito penal y de que estos se comunicasen a la Administración de Justicia para actuar se podrían tomar medidas cautelares sobre el puesto de trabajo. Las otras dos decisiones posibles son el archivo de la denuncia administrativa y la mediación de la síndica de greuges de la UJI entre las dos partes.
Será así hoy cuando las dos partes implicadas, la denunciante, ejercida por Gómez Colomer y su hija; y la denunciada, en la figura de Bisquert, conocerán el informe de la comisión técnica, que ya ha sido comunicado a la dirección de la UJI recientemente.

sacudida // El incidente está así a punto de ser saldado, al menos administrativamente, puesto que la acusación siempre ha mantenido que no cierra la posibilidad de acudir a los tribunales para resarcir el daño a la hija de Gómez Colomer. Ayer mismo así lo confirmaron a este diario fuentes de esta parte del caso. Un asunto que ha supuesto un golpe anímico para la comunidad universitaria, al menos en su vertiente directiva y en el profesorado.
No en vano, el propio Gómez Colomer dimitió el 18 de enero de su vicerrectoría para no interferir en la investigación del caso. Además, Bisquert es un reputado investigador que dirige uno de los grupos de investigación de Física Aplicada de la UJI.